Ecuador

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Op-Ed/Commentary

EcuadorWorld Andrés Arauz on CDBCs and Sovereignty
Interview with Andres on Bitcoin, the broader world of crypto & NFTs, how to think about digital and monetary sovereignties together, the geopolitics of the global payment systems, China’s efforts to control FinTech, the situation in El Salvador, and the

Andrés Arauz / CRYPTO SYLLABUS / December 19, 2021

Op-Ed/Commentary

ArgentinaBrasilChileColombiaEcuadorAmérica Latina y el CaribeEl Mundo La Unasur aún existe y es la mejor plataforma para integrarnos
Revista Raya Ver artículo en el sitio original Los triunfos de Gabriel Boric en Chile, de Gustavo Petro en Colombia y la posibilidad de una victoria en octubre de Lula da Silva en Brasil han vuelto a poner el tema de la integración en el centro del debate político de nuestra región. Varios hablan de la posibilidad de relanzar la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) después de que la organización sufriera varios golpes entre 2018 y 2020 que culminaron con la salida de siete de sus doce miembros. La Unasur hoy en día está paralizada, pero la perspectiva de un cambio de gobierno en Brasil alimenta las especulaciones sobre la posibilidad de un relanzamiento, ya que ese país, con la notable excepción del gobierno de Jair Bolsonaro, lleva décadas buscando crear un espacio regional suramericano.  Lo primero que cabe señalar es que el Tratado Constitutivo de Unasur de 2008 se mantiene vigente para todos los miembros que no lo han denunciado y la Organización sigue existiendo jurídicamente a nivel internacional. Mientras al menos dos Estados sigan perteneciendo, la entidad seguirá teniendo plena vigencia jurídica. De haber voluntad política, no hay impedimento legal para que pueda ser relanzada por los Estados miembros. Lo segundo que vale la pena resaltar es que varios miembros denunciaron el Tratado Constitutivo de Unasur de forma irregular. En particular, Brasil y Argentina no dieron término a sus membresías de manera apegada a derecho. Ambos obviaron el tratamiento legislativo especificado por sus respectivas constituciones, razón por la que podrían optar por anular sus denuncias. Por último, hay que señalar que los siete países que salieron de Unasur (Argentina, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay y Uruguay) lo hicieron sin tener en cuenta los mecanismos para los tratados multilaterales que exigen la búsqueda de acuerdos. Bolivia objetó las denuncias unilaterales de los países e invitó al diálogo. En su momento, Uruguay demostró una voluntad reparadora para resolver los problemas surgidos en el seno de la Organización. Las siete denuncias no cumplieron con lo previsto en el Tratado Constitutivo de Unasur respecto de lo dispuesto para la búsqueda de diálogo político (artículo 14 del Tratado), para la solución de controversias (artículo 21) o, incluso, para el procedimiento de Enmiendas (artículo 25). Cabe recordar que el derecho internacional público, incluida la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados ratificada por los doce miembros fundadores de Unasur, protege la estabilidad de los Tratados y establece que la interpretación de las normas debe tender a la subsanación de las diferencias para la plena vigencia de los mismos. Las numerosas irregularidades de este caso abren la posibilidad para que se active un mecanismo de solución de controversias que podría dar cabida a una salida colectiva para subsanar el irregular proceso de debilitamiento de la Unasur. Más allá de las consideraciones jurídicas, existen voces que cuestionan la necesidad de retomar la integración suramericana. Algunos sectores, incluso dentro del progresismo latinoamericano, han señalado que la apuesta debe ser la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC).  La CELAC es sin lugar a dudas, una apuesta de vital importancia; quizás incluso, el horizonte último de cualquier proceso de convergencia regional en materia de integración. La gran riqueza de la CELAC es su membresía diversa que permite un diálogo entre actores latinoamericanos y caribeños fuera del celoso resguardo de la OEA con sede en Washington. Es también una expresión fundamental del Sur global en el hemisferio occidental, llamada a elevar la voz y las demandas de los pueblos latinoamericanos y caribeños a nivel multilateral y global en materia de desarrollo, paz, justicia global, y lucha contra la pobreza, la desigualdad, el cambio climático, etc. Sin embargo, la CELAC carece de un tratado constitutivo y de institucionalidad propia, como aquella que fue creada por el Tratado Constitutivo de la Unasur. Además, la amplitud conferida por los treinta y tres miembros de la CELAC impide acuerdos más concretos y vinculantes en materia de gobernanza regional con normativas comunes, confluencia y homogeneización de políticas y un verdadero programa de desarrollo regional. La Unasur, a diferencia de la CELAC, puede avanzar más rápidamente hacia la integración física y normativa, es decir, hacia una verdadera gobernanza regional, con menos Estados miembros, mayores niveles de autonomía y de simetría incluso, a pesar de las grandes asimetrías que perduran en América del Sur. La segunda alternativa que se suele mencionar es el Mercosur ampliado. El Mercosur se ha ido expandiendo desde su fundación y se ha diversificado a partir de los protocolos de Ouro Preto y Ushuaia. Pero el Tratado de Asunción, documento fundacional de Mercosur, no deja de ser un acuerdo comercial notificado a la Organización Mundial del Comercio bajo la cláusula de la habilitación, mientras que el Tratado Constitutivo de la Unasur está registrado ante la ONU y conlleva una construcción regional multidimensional, en materia de defensa, seguridad, democracia, derechos humanos, desarrollo, infraestructura, energía, medio ambiente, conectividad, movilidad, salud, educación, ciencia y tecnología, cultura, gestión de desastres, etc. Ningún otro organismo regional tiene una visión tan amplia de la integración suramericana ni abre el abanico de alternativas y posibilidades que ofrece la normativa fundacional de la Unasur.  Existen, además, importantes obstáculos para que el Mercosur ampliado pueda incorporar a los países del eje andino-pacífico, sobre todo, dado el acervo de normativa arancelaria del Mercosur. ¿Qué tan posible resulta que Colombia, Ecuador, Perú o Chile se incorporen al Mercosur en el mediano plazo? Y ciertamente no será la Comunidad Andina de Naciones (CAN) la que incorpore en su seno a los países del eje atlántico. Fue justamente para el propósito de la convergencia entre los subsistemas andino-pacífico y atlántico-conosureño que se creó, en 2004, la Comunidad Sudamericana de Naciones, que en 2007 cambió su nombre por el de Unasur. Esta Organización puede desempeñar un papel central de convergencia para que se privilegie la proyección, a nivel suramericano, de las mejores prácticas y el mejor bagaje institucional y no se busque apenas la difícil incorporación del eje pacífico en el eje atlántico o viceversa. Por todas estas razones se debe maximizar la vigencia jurídica del Tratado Constitutivo de la Unasur, y procurar que el mayor número posible de países de la región se reincorporen a la Organización. Un relanzamiento de la Unasur deberá ser acompañado de importantes cambios en su normativa y funcionamiento. Se debe aprender de varios errores del pasado y corregir las fallas de diseño. La regla del consenso en la toma de decisión, que otorga poder de veto a los países miembros y llevó a la parálisis y acefalía de la entidad, debe ser repensada o, al menos, no ser aplicada en todos los procesos de toma de decisión. También se debe transitar progresivamente hacia una organización internacional más consolidada que goce de cierto nivel de autonomía relativa. Frente a las nuevas rivalidades entre las grandes potencias, en especial entre Estados Unidos y China, y de cara a los grandes retos del siglo XXI, la apuesta debe ser una respuesta regional que tienda hacia una mayor autonomía estratégica y un no alineamiento actualizado. La Unasur sigue siendo, de lejos, la mejor plataforma para la consecución de estos objetivos.

Guillaume Long / 24 13:15:00 Agosto 2022

Op-Ed/Commentary

EcuadorAmérica Latina y el CaribeEE. UU.El Mundo ¿Estados Unidos como paraíso fiscal? El caso del presidente ecuatoriano Guillermo Lasso
elDiarioAR, 31 de octubre, 2021 Miami Herald, 26 de octubre, 2021 Ver artículo en el sitio original In English Si usted es político y necesita ocultar su dinero de las autoridades fiscales de su país, puede optar por esconder sus dólares en uno de los lugares más seguros del mundo, dentro del sistema bancario de los Estados Unidos de América. El país más poderoso del mundo protegerá su dinero y guardará sus secretos. ¿Por qué arriesgarse en otro lugar cuando puede ocultar sus activos en Dakota del Sur, Florida o Delaware? Y hay más: El gobierno de Estados Unidos puede proporcionarle un apoyo político vital cuando enfrente problemas en su país. Caso paradigmático: Ecuador, donde el presidente Guillermo Lasso se enfrenta a un gran escándalo a raíz de las revelaciones de los Papeles de Pandora sobre sus activos en el extranjero. El 19 de octubre, el Secretario de Estado de Estados Unidos Antony Blinken realizó una visita especial a Ecuador, lo que el gobierno ecuatoriano se apresuró en presentar como una muestra de apoyo al atribulado presidente. El 10 de octubre, la Asamblea Nacional de Ecuador abrió una investigación formal sobre las finanzas del presidente. La comisión legislativa que investiga a Lasso busca establecer si violó una ley que prohíbe a los funcionarios públicos, incluidos los presidentes, tener activos en paraísos fiscales. La ley se remonta a 2017, cuando el gobierno ecuatoriano realizó un referéndum en el que preguntó a los ecuatorianos si estaban de acuerdo con que “¿para desempeñar una dignidad de elección popular o para ser servidor público, se establezca como prohibición tener bienes o capitales, de cualquier naturaleza, en paraísos fiscales?” El 55% de los ecuatorianos dijo "sí". Los funcionarios públicos tuvieron un año para cumplir la ley o enfrentarse a la destitución. Cuando en 2016 salió a la luz la información de que Lasso controlaba un complejo entramado de activos en las Islas Caimán, Florida y Delaware, su primera reacción fue negarlo. "Eso es mentira", dijo Lasso en repetidas ocasiones en entrevistas televisivas (aunque admitió tener un banco en Panamá). Pero meses después, anunció que efectivamente repatriaría sus activos en el caso de ser elegido a la presidencia. Lasso no salió elegido en 2017. Pero cuando anunció que se presentaría de nuevo a las elecciones de 2021, la prohibición de tener activos en paraísos fiscales ya era ley. Lasso tuvo que presentar una declaración juramentada de que no tenía ningún activo de este tipo y su candidatura fue aprobada. Los Papeles de Pandora aportan nuevas pruebas de que Lasso ha tenido durante mucho tiempo una laberíntica red de empresas ficticias registradas en jurisdicciones problemáticas. La nueva filtración también añade una serie de entidades antes desconocidas a la lista de activos previamente identificados, incluyendo nuevas empresas en Dakota del Sur. La primera reacción de Lasso ante esta filtración fue anunciar en su discurso televisado del 5 de octubre que la información de los Papeles de Pandora era obsoleta y que desde entonces había repatriado todos sus activos a Ecuador. Pero en una entrevista del 13 de octubre, Lasso pareció desmentir esa afirmación. En los últimos días, las declaraciones de Lasso se han vuelto cada vez más volátiles. El 13 de octubre, acusó a los 600 periodistas del consorcio ICIJ que están detrás de los Papeles de Pandora de formar parte de un "complot internacional" y de una "concertación para atacar a líderes políticos". Acusó a George Soros de estar detrás de la supuesta trama, y denunció a la cadena de televisión por cable alemana Deutsche Welle de obrar en su contra. Significativamente, tras su promesa inicial de cooperar con la investigación parlamentaria, Lasso se negó a asistir a la audiencia de la comisión cuando fue citado el 20 de octubre. Luego, el 25 de octubre, se hicieron públicos documentos oficiales panameños que demuestran que, en octubre de 2020, Lasso transfirió sus acciones en su banco en Panamá a sus hijos. Los documentos confirman que Lasso aún poseía esas acciones al momento de inscribir su candidatura en septiembre de 2020. Son además evidencia de que Lasso transfirió esos bienes a sus vástagos, lo que de acuerdo a la legislación ecuatoriana no califica como desinversión. Lasso está en aprietos. Si su candidatura fue ilegal, entonces podría ser destituido. Además, habrá cometido perjurio, lo que es un delito penal. El partido de Lasso tiene menos del 10% de los escaños en la Asamblea Nacional. Y su índice de aprobación se ha desplomado del 74 al 34 por ciento en menos de tres meses. El 27 y 28 de octubre fueron marcados por importantes movilizaciones en contra de un gobierno que enfrenta duras críticas por el aumento de los precios de los combustibles, la agresividad de sus proyectos de reforma laboral, el fuerte incremento de los índices de la inseguridad, y las masacres carcelarias que han estremecido al mundo. El gobierno de los Estados Unidos tiene todas las claves para descubrir la verdad sobre las finanzas ocultas de Lasso. El presidente Biden se ha manifestado abiertamente contra los paraísos fiscales, incluso en su discurso sobre el estado de la Unión de abril pasado. La apertura de las empresas fantasma de los políticos-oligarcas de América Latina en Estados Unidos daría concreción y credibilidad a las bien recibidas palabras del presidente estadounidense.

Guillaume Long / 31 Octubre 2021

Op-Ed/Commentary

EcuadorAmérica Latina y el CaribeEl Mundo Nuevo gobierno ecuatoriano se une a poderosos lobbies internacionales para reincorporarse a tratados de inversión prohibidos por la Constitución
Diario-Radio UChile Ver artículo en el sitio original In English En sus dos meses desde que asumió la presidencia, Guillermo Lasso ha tomado medidas agresivas para reincorporarse a los mecanismos de Solución de Controversias Inversionista-Estado (ISDS, por sus siglas en inglés) que Ecuador había denunciado previamente. El 21 de junio, el embajador de Ecuador en Washington firmó el reingreso del país al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial, del que Ecuador se había retirado en 2009. Luego, increíblemente pero tal vez no sorprendentemente, la Corte Constitucional de Ecuador decidió que el reingreso de Ecuador al CIADI no requería ratificación legislativa. Ahora, el gobierno está presionando para una reinterpretación de la Constitución que permitiría a Ecuador celebrar tratados bilaterales de inversión (TBI). La retirada de Ecuador del CIADI fue parte de un proceso más amplio que resultó en la terminación de todos sus TBI. El artículo 422 de la Constitución ecuatoriana, aprobada por referéndum popular en 2008, establece: “No se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas.” El gobierno de Rafael Correa (2007-2017), cumpliendo con los nuevos mandatos constitucionales, puso fin a un primer paquete de TBI en 2008. Unos meses más tarde, abandonó el CIADI. En 2013, el gobierno ecuatoriano encargó a un grupo de expertos que auditara sus casos de arbitraje y todos sus TBI, incluida la legalidad de su ratificación y sus repercusiones en el país. La Comisión para la Auditoría Integral Ciudadana de los Tratados de Protección Recíproca de Inversiones y del Sistema de Arbitraje Internacional en Materia de Inversiones (CAITISA), integrada por académicos, abogados, funcionarios gubernamentales y grupos de la sociedad civil, dictaminó que muchos de los TBI a los que Ecuador se había adherido no habían sido ratificados adecuadamente. También concluyó que los tratados no atrajeron la prometida inversión extranjera al Ecuador. El informe de CAITISA también identificó los inconvenientes habituales de los mecanismos de ISDS. Hizo hincapié en los típicos problemas del arbitraje: abogados con estrechos vínculos con la industria que son contratados como árbitros en forma ad hoc, y el hecho de que los países del Sur Global suelen perder (en el mejor de los casos empatar) los casos de arbitraje contra empresas transnacionales, aun cuando los gobiernos han estado actuando en el mejor interés de su país o defendiendo los derechos de su pueblo. El informe confirmó, como muchos estudios académicos lo habían hecho antes, que la inversión extranjera suele llegar a países con crecimiento económico sostenido; que tienen instituciones fuertes, incluido un poder judicial consolidado; y son política y socialmente estables. El informe desmintió, una vez más, el mito de que la desregulación agresiva y la enajenación de soberanía son un camino mágico para atraer inversiones. Además, el informe demostró que los TBI creaban un escudo de impunidad para el daño ambiental y la evasión fiscal de las empresas transnacionales. Ecuador también pudo capitalizar un creciente consenso mundial con respecto a los efectos negativos de los mecanismos de ISDS, a los que muchos países se adhirieron desde finales de los años 80 hasta principios de la década de 2000, durante el apogeo de la desregulación a ultranza y la “carrera hacia abajo” para atraer inversiones. Algunas de las economías emergentes más grandes habían liderado el camino: Sudáfrica puso fin a sus tratados de inversión en 2012; Indonesia en 2014; India en 2017. Entre los estados latinoamericanos, Brasil nunca ratificó ningún tratado que incluyera ISDS, y Bolivia puso fin a sus TBI en 2008. Hasta en la Unión Europea se ha abierto un debate sobre la idoneidad del ISDS, como resultado de que varios Estados miembros de la UE fueron sancionados por tribunales de arbitraje simplemente por defender leyes y normas europeas. Esto llevó a que el presidente de la Comisión Europea, Jean-Claude Juncker, escribiera“… Tampoco aceptaré que la jurisdicción de los tribunales de los Estados miembros de la UE esté limitada por regímenes especiales para los litigios de los inversionistas.» Luego, Donald Trump anunció que revisaría las cláusulas ISDS del TLCAN, y tanto los demócratas como algunos republicanos concordaron en suavizar las disposiciones de ISDS en el T-MEC entre Estados Unidos, México y Canadá que reemplazó al TLCAN. El consenso en torno a las virtudes del ISDS parecía estar menguando. En mayo de 2017, después de una nueva autorización de la Asamblea Nacional, y con decisiones previas de la Corte Constitucional, Ecuador finalmente dio por terminados sus 16 TBI restantes, incluidos con pesos pesados mundiales como Estados Unidos, Reino Unido, Francia, Alemania, España, China y Países Bajos. El siguiente presidente de Ecuador, Lenín Moreno (2017-2021), no compartió esta crítica a los mecanismos que las corporaciones utilizan para coaccionar a los estados y eludir sistemas regulatorios efectivos, ya sea en el ámbito de la recaudación fiscal, las salvaguardias ambientales o los derechos laborales. Deseoso de volver a las políticas neoliberales de la década de 1990, y bajo un intenso cabildeo de las empresas transnacionales, el gobierno de Moreno pidió a la Corte Constitucional que reinterprete el artículo 422, argumentando que solo se aplicaba a las disputas comerciales. El argumento es audaz: el artículo 422, que menciona el término genérico “contrato”, tiene claramente la intención de prohibir el arbitraje en materia de inversión. Además, las actas de la Asamblea Constituyente que redactó la Constitución, y las múltiples decisiones anteriores de la misma Corte Constitucional, respaldan claramente la interpretación de que el artículo 422 se refiere a arbitrajes de disputas Estado-inversionista. Por lo tanto, el tribunal ha recibido decenas de amicus curiae de reputados expertos académicos nacionales y extranjeros y de organizaciones de la sociedad civil que le piden que rechace esta mañosa solicitud de reinterpretación. El plazo para la reinterpretación del artículo 422 por parte de la Corte Constitucional pasó hace mucho tiempo, pero el nuevo gobierno del neoliberal acérrimo Guillermo Lasso está ejerciendo una creciente presión sobre la corte para abrir la puerta a un rápido retorno a los mecanismos de ISDS. La firma del CIADI fue presentada por el gobierno como un hecho consumado para presionar a una Corte Constitucional que, de hecho, no necesitaba de mucha presión. La corte había asignado la responsabilidad de analizar el reingreso al CIADI a Teresa Nuques, una jueza que debería haber sido descalificada de ser jueza ponente en este caso por haber sido la directora del centro de arbitraje de la Cámara de Comercio de Guayaquil y una defensora notoria de los mecanismos de ISDS. Al final, dos jueces argumentaron correctamente que el artículo 419 de la Constitución exige la aprobación legislativa de cualquier tratado que implique la cesión de poderes jurídicos internos a un órgano supranacional. Pero fueron superados en número. El 30 de junio, el tribunal anunció su decisión de que la aprobación de la membresía del CIADI por parte de la Asamblea Nacional no era obligatoria. También llama la atención el momento que escogió el gobierno de Lasso para reingresar al CIADI. Apenas tres semanas antes, el CIADI falló a favor de la petrolera franco-británica Perenco en su caso de arbitraje contra Ecuador. El arbitraje le otorgó a la compañía US $412 millones (una multa de US $372 millones, más intereses) que Ecuador debe desembolsar por haber violado la cláusula del TBI Francia-Ecuador sobre “expropiación indirecta”. En 2006, el Congreso del Ecuador aprobó por unanimidad una ley que obligaba a compartir los ingresos de las ganancias extraordinarias resultantes de los aumentos repentinos de los precios de las materias primas. En 2007, el gobierno volvió a modificar un reglamento para maximizar la proporción de estos ingresos extraordinarios que le corresponden al Estado. La mayoría de las compañías petroleras establecidas en Ecuador aceptaron los nuevos términos, pero no Perenco, que nunca pagó el monto adeudado. Cuando la autoridad fiscal reclamó este dinero, Perenco se rehusó a pagar, por lo que el Estado ecuatoriano incautó una cantidad equivalente de petróleo. Perenco abandonó el país, y le hizo sin pagar por el daño que sus operaciones habían causado al medio ambiente. Si bien los árbitros no consideraron que el esquema de coparticipación de ingresos equivalía a una expropiación, sí consideraron que la decisión de Ecuador de hacerse cargo de las operaciones de Perenco, después de que la empresa abandonara el país, se ajustaba a ese criterio. El caso Perenco es ilustrativo de todo lo que no está bien con las formas actuales de ISDS. Perenco no tiene su sede en Francia o el Reino Unido; está registrado en las Bahamas. En el momento de la disputa, las Bahamas se encontraba tanto en la lista de paraísos fiscales de Ecuador como en la de Francia. Perenco Ecuador Limited, además, cuenta con otras cuatro entidades con sede en Bahamas en su cadena de empresas fantasma antes de que personas físicas puedan ser identificadas como accionistas. Por supuesto, no existe —y nunca ha habido— un tratado de inversión entre Ecuador y Bahamas. Así que Perenco, encabezado por la adinerada familia Perrodo – considerada la decimocuarta fortuna más grande de Francia – se fue de treaty shopping. Las corporaciones establecidas en paraísos fiscales a menudo recurren a la práctica corrupta de “irse de compras” para hallar tratados de inversión firmados por otros países para disfrutar de lo mejor de ambos mundos: protección de sus inversiones e impunidad fiscal. Francia podría aprovechar esta oportunidad para mandar una señal contundente a sus corporaciones. Si evaden impuestos, entonces no deberían disfrutar de la protección de los tratados firmados por el Estado francés. El presidente Emmanuel Macron ha criticado a menudo la evasión fiscal. Su ministro de Economía y Finanzas, Bruno Le Maire, ha dicho que “la evasión fiscal no es solo un ataque al tesoro. Es un ataque a la democracia”. El caso Perenco pone a prueba el compromiso real de Francia de abordar seriamente este problema y si opta por darle una interpretación exclusivamente bilateral al TBI. El Ministerio de Comunicación ecuatoriano, por su parte, anunció el 1 de junio que el gobierno ecuatoriano pagaría la multa a Perenco. Por supuesto, Ecuador podría recurrir a varias medidas para evitar —o al menos retrasar significativamente— este pago, especialmente dado el alcance de la crisis económica de Ecuador y los recursos que necesita desesperadamente para enfrentar la pandemia (Ecuador tiene una de las cifras de muertes por COVID-19 per cápita más altas del mundo, y su economía se contrajo un 9 por ciento en 2020). En primer lugar, el gobierno podría solicitar un nuevo proceso de anulación sobre la base de que Peter Tomka, el principal árbitro en el caso, era simultáneamente un juez a tiempo completo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), que prohíbe a sus jueces aceptar ingresos adicionales en otras funciones. Si bien esto sería una violación de las reglas de la CIJ y no del arbitraje, la CIJ es una institución de derecho internacional público de la que tanto Francia como Ecuador son miembros. La segunda vía es que el gobierno solicite un procedimiento de exequátur, un proceso por el cual los tribunales locales deciden si ejecutan una decisión judicial de otra jurisdicción. El caso es inusual en que el laudo arbitral fue emitido después de que uno de los estados dejó el CIADI, y después de terminar el TBI que es la base para el arbitraje. Perenco tendría así que recurrir a un tribunal extranjero y conseguir que ese laudo arbitral sea reconocido por los tribunales ecuatorianos, según la Convención de Nueva York, un tratado internacional que establece requisitos para la validación de decisiones judiciales extranjeras. Pero Lasso ya ha dejado en claro al reincorporarse al CIADI que su gobierno no tiene la menor intención de impugnar el pago a la compañía. Queda por ver si Ecuador podrá volver a firmar tratados bilaterales de inversión. La Corte Constitucional deberá volver a pronunciarse y le resultará más difícil argumentar, como lo hizo en el caso del CIADI, que las ratificaciones de los tratados de inversión no requieren aprobación parlamentaria, aun en el caso de una reinterpretación mañosa del artículo 422 de la Constitución. Pero los intereses corporativos que promueven un retorno a una agenda pro-ISDS son formidables, y el cabildeo para eludir la autorización parlamentaria es intenso. Las empresas interesadas en participar en privatizaciones al apuro, por ejemplo, están ansiosas por anclar nuevos tratados de comercio e inversión con capítulos de ISDS. Y el gobierno de Lasso está ansioso por vender tantos activos estatales como sea posible. No es coincidencia que, una semana después de que la Corte Constitucional diera luz verde para el regreso de Ecuador al CIADI, Lasso emitiera un decreto ejecutivo que ordena la privatización progresiva de la industria petrolera estatal y destaca el arbitraje internacional como piedra angular de su política. Las organizaciones de la sociedad civil que se oponen a las formas actuales de ISDS que desangran a los países a favor del gran capital deberían ver a Ecuador como un caso paradigmático de la lucha contra los privilegios corporativos que pisotean la protección del medio ambiente y los derechos de los trabajadores y de las personas.

Guillaume LongAndrés Arauz / 26 19:53:00 Julio 2021

Op-Ed/Commentary

EcuadorAmérica Latina y el Caribe Decenas de Millones en Propiedades en la Florida, EE.UU. vinculadas al Candidato Presidencial Guillermo Lasso
Artículo del (CEPR) Centro de Investigación para la Economía y la Política por sus siglas en inglés; escrito por Jake Johnston y publicado el 31 de Marzo del 2021. Traducido al español por Ana Roldán. En marzo de 2017, antes de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales de Ecuador, el CEPR informó de que empresas fantasma con sede en Florida y vinculadas al entonces candidato Guillermo Lasso poseían 144 propiedades en los condados de Broward y Miami-Dade con un valor de más de 30 millones de dólares. En esas elecciones, los votantes aprobaron un referéndum que prohibía a los políticos y funcionarios públicos tener activos en paraísos fiscales y les daba un año para desprenderse de ellos o transferirlos. Aunque Florida no está incluida en la lista de paraísos fiscales, se considera una "jurisdicción de baja tributación", que las autoridades tratarán caso por caso. Cuatro años después, Ecuador se dirige de nuevo a una segunda vuelta de las elecciones presidenciales, con Lasso en la papeleta. Si bien se han introducido capas adicionales de anonimato para ocultar aún más la propiedad, una revisión de los registros corporativos e inmobiliarios en Florida muestra que las participaciones de las empresas fantasma vinculadas a Lasso han aumentado desde 2017, lo que plantea dudas sobre la legalidad de la candidatura de Lasso. Irónicamente, Lasso compite en la segunda vuelta del 11 de abril contra Andrés Arauz, uno de los arquitectos originales de las reformas que se realizaron en Ecuador en el área de los paraísos fiscales.   Del artículo publicado en 2017 por CEPR: En 2009, según la División de Corporaciones de Florida, Guillermo E. Lasso -el hijo del candidato- registró una LLC [limited liability company, o empresa de responsabilidad limitada] en Florida llamada Nora Investment US. Entre junio de 2009 y diciembre de 2010, la sociedad de cartera compró 59 propiedades, que todavía posee hoy, en el condado de Broward de Florida, según los registros disponibles públicamente. Las compras, en su mayoría condominios, ascendieron a 5,7 millones de dólares. Pero esto fue sólo el comienzo. En 2011, se incorporaron dos nuevos directores a Nora Investment US: Miguel Macías y Euvenia Touriz. Ambos fueron anteriormente funcionarios del Banco Guayaquil, y ambos figuran actualmente como directores en el banco Banisi de Panamá que es propiedad de Lasso. Entre 2011 y 2013, Lasso (hijo del candidato), Macías y Touriz registraron 10 LLC en Florida en las que todos figuran como directores. Las LLC adicionales también se utilizaron para comprar propiedades en Florida. En agosto de 2014, tras la implementación de nuevas regulaciones en Ecuador sobre los activos en el extranjero, el nombre del hijo de Lasso fue sistemáticamente eliminado como director de las 10 empresas, según muestran los registros públicos. Sin embargo, Macías y Touriz continuaron abriendo más sociedades holding. Es importante tener en cuenta que, aunque las sociedades de responsabilidad limitada incluya a los administradores, el llamado beneficiario efectivo -o verdadero propietario- queda oculto. En junio de 2017, Macías y Touriz -asociados de Lasso de anteriores empresas fantasma y bancos- figuran como directivos en una empresa fantasma de nueva creación, DEBLEN USA 1, LLC. Dos meses después, la empresa compró una casa de lujo en Miami por 1,475 millones de dólares. No hay registro de una hipoteca, lo que sugiere que la compra probablemente se hizo en efectivo. A partir de 2018, sin embargo, tanto Macías como Touriz parecieron ser eliminados sistemáticamente como funcionarios de la gran mayoría de los registros corporativos de las empresas fantasma. En 2020, la mayoría de las empresas fantasma previamente identificadas sufrieron innumerables cambios: desactivaciones, reactivaciones, renuncias de directores, cambios de nombre, fusiones y disoluciones. A muchas de las empresas se les cambió el nombre una semana después de su disolución. Todas las sociedades patrimoniales asociadas a Lasso, salvo cuatro, se han fusionado en nuevas entidades. En total, hemos identificado 23 empresas activas registradas en Florida, incluida DEBLEN USA 1, mencionada anteriormente, asociada a los socios comerciales de Lasso. table { font-family: arial, sans-serif; color: #000033; border-collapse: collapse; width: 100%; font-size: 19px; } table>caption { background-color:#000033; color: #ffffff; padding: 8px; text-align: left; font-weight:bold; } tr:nth-child(even) { background-color: #f8f8f8; } table th { word-wrap:break-word; font-weight:bold; padding: 6px; } table td { padding: 6px; } table td.parent { font-style:italic; } table td.child { padding-left:24px; } @media only screen and (min-width: 320px) and (max-width: 479px){ table { font-size: 10px; } } Tabla 1. Participaciones inmobiliarias actuales de las sociedades ficticias vinculadas a Lasso Nombre de la Entidad Fecha de Registro Número de Propiedades Inmobiliarias Valor de la Propiedad en Florida BROWARD TWO LLC 1/8/18 45 $8,229,770 BROWARD ONE LLC 1/8/18 50 $6,913,150 BRICKELL TWO LLC 1/8/18 6 $5,472,758 BRICKELL ONE LLC 1/8/18 5 $3,848,943 LOCAL EQUITY THREE LLC 1/8/18 4 $3,629,950 NORA INVESTMENT UNO US 3/29/11 14 $2,740,000 DORAL LLC 1/8/18 10 $1,452,370 MALENA UNO US LLC 7/29/13 1 $683,636 MALENA US LLC 7/29/13 1 $680,288 Total   136 $33,650,865 Notes: Nora Investment Uno US ya no es una empresa activa, a pesar de seguir figurando como propietaria de 14 propiedades. Otras 15 empresas están actualmente activas, pero no parecen ser propietarias directas de bienes inmuebles en los condados de Miami-Dade o Broward. Por ejemplo, en 2016, "BILL INVESTMENT CINCO US, LLC", con Macías y Touriz que figuran como directores, compró una casa en Fort Lauderdale, Florida, por 2,2 millones de dólares. El propietario de esa casa figura ahora como "LOCAL EQUITY THREE LLC". Los registros corporativos muestran que Macías firmó el papeleo que autorizaba la fusión de una serie de empresas fantasma más antiguas en LOCAL EQUITY THREE LLC y un puñado de otras corporaciones. Pero en lugar de Macías, el administrador de la empresa figura como "DIRECT MANAGEMENT LLC". En algunas de las otras empresas, el gerente figura como "FREEDOM MANAGEMENT LLC". En lugar de personas físicas, los únicos responsables de estas empresas recién creadas son otras empresas fantasma. En todas las empresas fusionadas figura ahora una de estas dos empresas como gerente. Tanto "DIRECT MANAGEMENT LLC" como "FREEDOM MANAGEMENT LLC" están registradas en Delaware, otra jurisdicción tristemente célebre por su secreto empresarial. Curiosamente, los registros corporativos de Delaware revelan que ambas empresas fueron creadas en la misma fecha: el 18 de diciembre de 2017. La remodelación corporativa de Florida comenzó poco después. Aunque los socios de Lasso ya no aparecen en los registros corporativos, no cabe duda de que el propietario real de las propiedades no ha cambiado. De las 144 propiedades que poseían las empresas en 2017, 10 fueron vendidas y en 16 sigue figurando la empresa fantasma original como propietaria. En el caso de las propiedades restantes, aunque el nombre del propietario cambió, el propietario real no lo hizo. Aquí, es importante aclarar que, como es la naturaleza de las empresas fantasma, el "beneficiario real" del activo sigue siendo totalmente secreto. Dos de las sociedades fantasma vinculadas a Lasso realizaron nuevas compras de bienes inmuebles en 2020: BRICKELL ONE LLC y BRICKELL TWO LLC. Los registros inmobiliarios de Florida muestran que la primera, BRICKELL ONE, es a su vez el resultado de una fusión de cuatro empresas ficticias diferentes: NORA INVESTMENT CINCO, NORA INVESTMENT SEIS, NORA INVESTMENT SIETE y NORA INVESTMENT NUEVE. La primera compra fue de un condominio de 665.000 dólares en abril de 2020. La segunda tuvo lugar en octubre de 2020. La empresa fantasma BRICKELL ONE LLC pagó 1,25 millones de dólares a finales del otoño pasado por un apartamento en Coral Gables. El tasador de propiedades de Miami-Dade evaluó la casa con un valor de sólo 734.894 dólares en 2020. Curiosamente, el vendedor de esa vivienda era Miguel Macías, que había comprado la casa en enero de 2016 por 900.000 dólares. Eso plantea preguntas adicionales. Por ejemplo, ¿por qué una empresa fantasma que Macías había gestionado anteriormente le compraría entonces una vivienda por un precio muy superior al aparente valor de mercado? La operación inmobiliaria más significativa, sin embargo, implicó la compra en 2017 de la casa de lujo en Miami por parte de DEBLEN USA 1 LLC. En agosto de 2020, apenas tres años después de la compra, la vivienda se vendió por 5 millones de dólares. Curiosamente, la empresa fantasma proporcionó al comprador una hipoteca de 2,25 millones de dólares. DEBLEN no es la única empresa que se ha metido en el negocio hipotecario. GLOBAL EQUITY SEVEN LLC, según los registros de Florida, es actualmente el prestamista de siete hipotecas por un total de 1,2 millones de dólares. Parece que las empresas fantasma han pasado de ser simples propietarias de bienes inmuebles a actuar como prestamistas directos en el estado de Florida. En general, como puede verse en la Tabla 1, hemos identificado 136 propiedades de empresas fantasma asociadas a Lasso. Sin duda es posible que haya otras que permanezcan ocultas. En conjunto, las que hemos identificado tienen un valor de mercado actual de 33 millones de dólares, según los registros de propiedad de los condados de Miami-Dade y Broward. Además, las empresas fantasma actualmente activas poseen los 3,45 millones de dólares en hipotecas. Aunque el nombre de Guillermo Lasso no aparece directamente en ninguno de los registros corporativos o inmobiliarios del sur de Florida, la implicación de miembros de la familia y socios comerciales cercanos, así como los recientes movimientos hacia un anonimato aún mayor, ciertamente plantean preguntas sobre la implicación del candidato. Sin embargo, las conexiones que Lasso puede tener con las empresas fantasma de Florida están lejos de ser las únicas preguntas sobre sus actividades financieras en el exterior. El otoño pasado, el partido Unión por la Esperanza (UNES) de Arauz impugnó la legalidad de la candidatura de Lasso basándose en la legislación implementada tras el referéndum sobre el paraíso fiscal de 2017. La ley electoral actualizada impide que cualquier persona que tenga activos en un paraíso fiscal se presente como candidato a un cargo público. La denuncia citaba una investigación de 2017 del diario argentino Página/12 que documentaba los vínculos de Lasso con decenas de empresas pantalla y un banco panameño. En 2017, Lasso admitió que era dueño del banco panameño, Banisi S.A. Sin embargo, el CNE rechazó la denuncia. El banco sigue operando en la actualidad con Macías y Touriz que figuran como directores, así como dos de los hijos de Lasso. Banisi tiene un capital que asciende a 60,4 millones de dólares, según la Superintendencia de Bancos de Panamá. Una cosa no ha cambiado desde 2017: los medios de comunicación -tanto internacionales como ecuatorianos- han decidido ignorar por completo las posesiones financieras en el extranjero de Lasso. En abril de 2017, la Superintendencia de Información y Comunicación de Ecuador multó a siete medios de comunicación con 3.750 dólares cada uno por no informar sobre la investigación de Página/12. En los años posteriores, el actual presidente de Ecuador, Lenín Moreno, también ha sido implicado en el uso de paraísos fiscales en el llamado escándalo de los Papeles del INA. Moreno ha negado cualquier delito. Aunque Moreno se había presentado contra Lasso en 2017, ha parecido favorecer al banquero frente a Arauz en 2021. Descargo de responsabilidad: Andrés Arauz ha trabajado anteriormente como investigador principal en el CEPR.

Jake Johnston / 02 Abril 2021

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